FICHA
- Producto Oficina
- Operación Alquiler
- Barrio Puerto Madero
- Despachos 7
- Baños 2
- Cocheras 2
- Antigüedad 10 años
- Estado Excelente
- Orientación Este
- Disposición Frente
- Sup. Total 275,00 m2
- Sup. Propia 275,00 m2
- Sup. Cubierta 275,00 m2
- Movilidad Reducida Sí
- Expensas 2500000
U$S 5.500
ALQUILER
Juana Manso 500
Puerto Madero
Preciosa oficina en "Madero-Center" (Av. Juana Manso N° 555). 2 (DOS) cocheras, 275 m2 propios. Completamente amoblada y equipada (impecable estado/ lista para ocupar)
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“AM propiedades”
Depto. Inmuebles corporativos
C.U.C.I.C.B.A., mat. 5.140
E-mail: aminmobiliaria@hotmail.com
Mov. +54 9 11 4140-2383
" " " . +54 9 11 6987-6306
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DETALLE DE LA PROPIEDAD
Aire Acondicionado: Sí
Area Trabajo: -
Ascensor: 5, automáticos
Baño Servicio: -
Baños: 2
Calefacción: Sí
Cantidad Pisos: 8
Cochera: dos
Deptos. por Piso: 4
Dormitorio: si
Dormitorio: si
Dormitorio: si
Dormitorio: si
Dormitorio: si
Electrogeno: Sí
Entrada: con vigilancia y sistema de molinetes
Expensas: 2500000
Hall: si
Jardín: -
Office: si
Patio: -
Recepción: Sí
Sala Reunión: Sí
Sanitario: sí
Seguridad: Con vigilancia y acceso por molinetes
Terraza: -
ADICIONALES
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.